En acuerdo del Pleno de 28 de octubre de 2011, se aprobó la Ordenanza
fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), también conocido
por muchos como “La Contribución”, esta Ordenanza en su artículo 9.2.1, recoge
una bonificación para las familias numerosas en base a los siguientes puntos:
Tendrán
derecho a una bonificación en la cuota íntegra del Impuesto, los sujetos
pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa para el bien inmueble que constituya la
vivienda familiar habitual, en las siguientes circunstancias:
Siempre
que los mismos no superen los valores catastrales que se detallan a
continuación con los porcentajes que, asimismo se especifican:
Para
disfrutar de dicha bonificación, el sujeto pasivo deberá:
i) Solicitar la
bonificación identificando de manera indubitada la ubicación y descripción del
bien inmueble incluida la referencia catastral.
ii) Acreditar
que la vivienda es la residencia habitual del solicitante y su familia.
iii) Estar al
corriente en los pagos a la Hacienda Municipal.
iv) Aportar
certificado acredite la condición de Familia Numerosa, mediante la presentación
del Título de Familia Numerosa en vigor, o en su defecto, certificación de
Familia Numerosa expedida por la Consejería competente.
v) Domiciliar en
una entidad bancaria el impuesto.
Esta
bonificación se mantendrá por el plazo que tenga la clasificación de familia
numerosa.
Los
cambios de la situación de titular de familia numerosa, deberán ser comunicados
en el plazo de tres meses desde que dicha circunstancia se produzca.
Al
renovarse el Título de Familia Numerosa, deberá acreditarse la situación que resulte,
en el plazo de un mes, ante el Ayuntamiento. Y su efecto será en el devengo del
ejercicio siguiente a aquél en que se produzca la variación.
El
título de familia numerosa deberá estar solicitado y expedido antes del 1 de enero
del año al que deba afectar.
Documentación necesaria
- Fotocopia
del D.N.I. del beneficiario de la bonificación.
- Si
actúa a través de representante: documento acreditativo de la
representación y fotocopia del DNI del representante.
- Certificado
que acredite la condición de Familia Numerosa, aportando Título de Familia
Numerosa en vigor o, en su defecto, certificación de Familia Numerosa
expedida por la Consejería competente. - Domiciliación
del impuesto en una entidad bancaria.
Dónde presentarlo.
Centro Ciudad: C/ San Agustín, 38
La Cuesta: C/ Abreu y
Valdés, 1
Taco: C/ Los Charcos, s/n
Edificio Joy
Tejina: C/ Marina González
González, 7
Valle de Guerra: C/ Calvario, 1 (Centro Ciudadano)
En el siguiente enlace puede descargarse el impreso de solicitud y obtener más información: