La medida permitirá
que el procedimiento de acreditación se haga directamente a través de la
institución insular y de forma telemática
En la actualidad,
Lanzarote cuenta con un total de 2.792 familias numerosas; Fuerteventura, 2.160
y El Hierro, 166.
El Consejo del Gobierno de Canarias autorizó hoy la firma de los convenios de cooperación entre la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias y los Cabildos Insulares de Lanzarote, Fuerteventura y El Hierro a través de los cuales se encomienda a las respectivas instituciones insulares las actuaciones de información, asesoramiento, registro y tramitación de solicitudes y entrega de copia en soporte papel de títulos de familia numerosa.
La finalidad de estos convenios de cooperación es
procurar una respuesta ágil, eficiente y próxima a las familias numerosas
residentes en las tres islas a la hora de ejercer su derecho al reconocimiento
de tal condición jurídica y la obtención del título administrativo que lo
acredita, su renovación, modificación y/o duplicado.
En el caso de las islas de Fuerteventura y Lanzarote,
se trata de la renovación de los convenios de colaboración ya existentes,
mientras que, en el caso de la isla de El Hierro, supone el primer acuerdo de
colaboración en esta materia firmado entre Bienestar Social y la administración
insular.
En la actualidad, en Canarias, un total de 27.818
familias cuentan con un carné de familia numerosa. De ese cómputo, 2.792
familias residen en Lanzarote; 2.160 en Fuerteventura y 166, en la isla de El
Hierro.
El acuerdo articula la cooperación entre la Consejería
de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias y los Cabildos
Insulares de Lanzarote, Fuerteventura y El Hierro, mediante el cual se
encomienda a la institución insular las actuaciones relativas a la expedición
de títulos de familias numerosas por medios telemáticos, así como su
renovación, modificación o expedición por pérdida del título y, de otra parte,
de información y asesoramiento en la materia.
Las actuaciones encomendadas se llevarán a cabo bajo
la supervisión, dirección y coordinación de la Dirección General de Protección
a la Infancia y las Familias, órgano administrativo competente para dictar las
resoluciones y demás actos de trámite de los procedimientos involucrados en la
encomienda. En virtud del citado convenio, cada administración asumirá con sus
propios medios personales, económicos y materiales la ejecución del presente
convenio.
De esta forma, los citados Cabildos procederán a la
presentación y tramitación de las solicitudes de reconocimiento de familia
numerosa, de expedición de títulos, renovación, modificación y duplicado, de
forma telemática, a instancia de las personas interesadas, a través de la
aplicación informática titularidad de la Dirección general de Protección a la
Infancia y las Familias.
Además, el personal del Cabildo asesorará y
proporcionará información a las personas interesadas en cuanto a los requisitos
que han de reunir para obtener la condición de familia numerosa, así como de
los trámites que comportan los diversos procedimientos relativos a los carnés
de familia numerosa.